La SEGEPLAN con base al análisis técnico de la documentación presentada, y de conformidad con lo establecido en las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública para Ejercicio Fiscal 2018, específicamente con base en la norma 2.1. Proyectos nuevos que forman capital fijo, emite OPINIÓN TÉCNICA APROBADO.
Con base a la información contenida en el documento presentado físicamente a la Segeplán, la unidad proponente de inversión deberá actualizar la información en el módulo correspondiente del SNIP.
Es oportuno indicar que la Segeplán no asume responsabilidad alguna por los aspectos técnicos (sociales, de mercado y evaluaciones) y la definición tanto en el diseño como en la ejecución física del proyecto, y es ajena por la omisión de actos previos, durante y posteriores tanto en los procedimientos de contrataciones que se realicen, como en la ejecución presupuestaria que se afecte al amparo de la gestión y condiciones del financiamiento, quedando a la estricta responsabilidad de la unidad ejecutora.
Antes de realizar cualquier tipo de movimiento financiero que se relacione con el proyecto, se recomienda se verifique que el mismo no contraviene lo estipulado dentro de la ley orgánica de presupuesto vigente para el ejercicio fiscal, ya que es estricta responsabilidad de la unidad ejecutora cualquier tipo de gestión que se realice.