La Delegación Departamental de la SEGEPLAN Baja Verapaz, con base en el análisis técnico de la documentación presentada de forma oficial y de conformidad con lo establecido en las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública para el Ejercicio Fiscal 2020, emite OPINIÓN TÉCNICA APROBADO, bajo las siguientes consideraciones:
1. La opinión técnica de SEGEPLAN no evalúa aspectos técnicos, administrativos y legales del proyecto en cuanto a Calificación de ofertas, definición del diseño como de la ejecución física del proyecto y es ajena ante cualquier omisión de procedimientos previos, durante y posteriores en proceso de contratación, ejecución física y presupuestaria, quedando bajo la estricta responsabilidad de la Entidad Publica de Inversión.
2. Antes de realizar cualquier movimiento financiero que se relacione con el proyecto, se recomienda verificar que el mismo no contraviene lo estipulado dentro de la Ley Orgánica de Presupuesto y la Ley del Presupuesto Anual, vigentes para el ejercicio fiscal correspondiente, ya que es estricta responsabilidad de la Entidad Publica de Inversión cualquier tipo de gestión de ésta índole que se realice.
3. Se adjunta Opinión Técnica DF-OTF-061-2020, Guatemala 22 de mayo de 2020, del Ingeniero Guillermo Miguel Mayen Ramirez, Consultor de Proyectos, Departamento de Proyectos UPE/MSPAS, Dictamen de Opinión favorable al proyecto en referencia. Y Dictamen Tecnico No. 11-2020 Ref./ZPRB/cels, de fecha 1 de junio de 2020, Aval técnico favorable, firmados por Licda. Zoila Patricia Renteria Bichim, Dr. Carlos Enrique Lix Socop, Director del Area de Salud, Baja Verapaz.
4. Se adjunta Resolución Ambiental No. 289-2019/DCN/DDBV/GARV/rmt, extendida por Ing. Gustavo Adolfo Reyes Valdez, Delegado Departamental Baja Verapaz, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
5. Se adjunta Opinión de factibilidad técnica favorable de la unidad de supervisión del CODEDE No. 07-2020-JDVS, de fecha 28/05/2020, firmada por Arq. José Daniel Ventura Sánchez y Vo.Bo. Licda. María Rubidia Ascencio Peláez, Directora Ejecutiva, CODEDEBV haciendo énfasis en documentación socio legal y técnica (especificaciones técnicas, planos, diseños, rubros y costos en el presupuesto).
6. Los diseños, especificaciones técnicas y presupuesto son respaldados por el Ingeniero Civil Willians Estuardo Morales Veliz, colegiado 12,464 quien firma, timbra y sella, Con Visto Bueno del señor Alcalde Municipal Marvin Ovidio Canahui Marroquin.
7. Se adjunta Cedula de notificación: Informe de Evaluación DMI-RIV-NRD2-2020-009 de fecha 9 de mayo 2020 Coordinadora Nacional para la reducción de Desastres. Firmada por el ingeniero Gili Fabricio Aguilar Morales, análisis de la NRD-2. Constancia del Director de Planificación Municipal Felix Eduardo Castro Osorio, de fecha 20/05/2020 donde consta que los diseños del proyecto cumplen con la gestión de las normas NRD-1, NRD-2 y NRD-3 de la CONRED.
8. Se adjunta Providencia No. DBE-SDBE-GyL-126-2020 Expediente No. 2019-100476 del Ministerio de Finanzas Publicas, Dirección de Bienes del Estado, Departamento de Gestión y Legalización. Para continuar con los trámites correspondientes en cumplimiento del artículo 30 BIS de la ley de presupuesto.
9. Es estrictamente responsabilidad de la Entidad Publica de Inversión haber realizado todas las correcciones técnicas y de costos del presupuesto, emitidas por la Delegación de SEGEPLAN Baja Verapaz, en el proceso de pre inversión.
10. El proyecto deberá ejecutarse con el contenido de la documentación presentada para su aprobación en el SINIP y queda bajo la responsabilidad de la Unidad de supervision del CODEDE de Baja Verapaz, vigilar su cumplimiento.
LA ENTIDAD PÚBLICA DE INVERSION DEBE TOMAR EN CUENTA LO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS SNIP 2020, ESPECIALMENTE LOS NUMERALES SEÑALADOS EN TEXTO A CONTINUACIÓN ENTRE PARÉNTESIS:
Para efecto de la vinculación en la fase de programación presupuestaria, SEGEPLAN remitirá al Ministerio de Finanzas Públicas )MINFIN) el registro de la información requerida )finalidad, función, división, meta global, meta anual, programación de inversiones físicas y financieras, entre otras), por lo que será responsabilidad de la Entidades Públicas de Inversión )EPI) completar la información correspondiente. )1.4)
Los proyectos que se presenten a la SEGEPLAN, deben originarse de un ejercicio de planificación congruente con las directrices de los Lineamientos de política y Metas estratégicas de desarrollo )MED). )1.7)
Los proyectos de inversión pública deberán formularse conservando la integridad en sus componentes, costos y período de ejecución, incluyendo la programación multianual de inversiones en el documento de proyecto que se presente oficialmente a la SEGEPLAN, así como, efectuar su registro en el SINIP. )1.10)
Los proyectos que sean registrados como nuevos en el SINIP, a partir de este ejercicio fiscal, deberán registrar los componentes de cada proyecto, incluyendo el desglose de rubros en cada uno. )2.3)
Las Entidades Públicas de Inversión )EPI), a la vez que inscriben sus proyectos en el SINIP, deben registrar y adjuntar los documentos de respaldo, que las normas establecen para cada caso. )2.5)
ES RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD PUBLICA DE INVERSION REALIZAR LOS REGISTROS DE LOS AVANCES FÍSICOS Y FINANCIEROS EN LOS SISTEMAS ESTABLECIDOS, DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA QUE RIGE EL PROCESO DE INVERSIÓN PÚBLICA Y EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LAS MISMAS.