La Delegación Departamental de la SEGEPLAN Baja Verapaz, con base en el análisis técnico de la documentación presentada de forma oficial y de conformidad con lo establecido en las Normas del Sistema Nacional de Inversión Pública para el Ejercicio Fiscal 2020, emite OPINIÓN TÉCNICA APROBADO, bajo las siguientes consideraciones:
QUEDA BAJO LA ESTRICTA RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD PÚBLICA DE INVERSION LA INFORMACION REGISTRADA EN EL SINIP.
1. Es oportuno indicar que la opinión técnica de SEGEPLAN no evalúa los aspectos técnicos, administrativos y legales del proyecto en cuanto a la calificación de ofertas, ni por la definición tanto en el diseño como en la ejecución física del proyecto, y es ajena por la omisión de procedimientos previos, durante y posteriores tanto en contrataciones, ejecución física y presupuestaria, quedando a la estricta responsabilidad de la Entidad Publica de Inversión.
2. Antes de realizar cualquier tipo de movimiento financiero que se relacione con el proyecto, se recomienda se verifique que el mismo no contraviene lo estipulado dentro de la Ley Orgánica de Presupuesto y la Ley del Presupuesto Anual, vigentes para el ejercicio fiscal correspondiente, ya que es estricta responsabilidad de la Entidad Publica de Inversión cualquier tipo de gestión que se realice.
3. Se adjunta Dictamen Técnico No. 07-2020 ref./EACG/cels, de fecha 01 de junio 2020, AVAL TECNICO FAVORABLE, firmado por Ing. Elser A. Caballeros García, Facilitador de Saneamiento Ambiental, Dr. Carlos Enrique Lix Socop, Director del Area de Salud Baja Verapaz.
4. Se adjunta Resolución Ambiental No. 076-2020/DCN/DDBV/GARV/cgl, extendida por Ing. Gustavo Adolfo Reyes Valdez, Delegado Departamental Baja Verapaz, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales.
5. Se adjunta Opinión de factibilidad técnica favorable de la unidad de supervisión del CODEDE No. 30-2020-JRSM, de fecha 05/06/2020, firmada por Arq. Julio Roberto Sandoval Morales y Vo.Bo. Licda. María Rubidia Ascencio Peláez, Directora Ejecutiva. CODEDEBV haciendo énfasis en documentación socio legal y técnica (especificaciones técnicas, planos, diseños y rubros, costos en el presupuesto).
6. Los diseños, especificaciones técnicas, presupuesto son respaldados por el profesional Ingeniero Civil Sergio Augusto Melgar Murcia, colegiado 3,467 quien firma, timbra y sella, Con Visto Bueno del señor alcalde municipal Victor Jordan de la Cruz Cruz. Constancia de inscripción y Precalificación como proveedor del estado de fecha 13 de marzo 2020.
7. Se adjunta Constancia de la Directora de Planificación Municipal Licda. Alicia Zavala Hernandez, de fecha 28/05/2020 que los diseños del proyecto cumplen con la ley y reglamento de la Coordinadora Nacional para la Reduccion de Desastres (CONRED) NRD-3 Especificaciones técnicas para materiales de construcción. Constancia del Ingeniero Sergio A. Melgar Murcia.
8. Se adjunta Constancia No. DBE-SDBE-GyL-127-2020 Anexo expediente No. 2020-29389 del Ministerio de Finanzas Publicas, Dirección de Bienes del Estado. Donde hace constar que se lleva a cabo el trámite del expediente número 2020-29389 y 2020-29392 diligencias de posesión de dos bienes inmuebles carente de registro a favor de la municipalidad de Salamá, departamento de Baja Verapaz.
9. Es estrictamente responsabilidad de la Entidad Publica de Inversión haber realizado todas las correcciones técnicas y de costos del presupuesto, emitidas por la Delegación de SEGEPLAN Baja Verapaz, en el proceso de pre inversión.
10. El proyecto deberá ejecutarse con el contenido de la documentación presentada para su aprobación en el SINIP y queda bajo la responsabilidad de la Unidad de supervisión del CODEDE de Baja Verapaz, vigilar su cumplimiento.
LA ENTIDAD PUBLICA DE INVERSION DEBERA TOMAR EN CUENTA LO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS DEL SNIP 2020, ESPECIALMENTE A LOS SIGUIENTES NUMERALES:
Para efecto de la vinculación en la fase de programación presupuestaria, SEGEPLAN remitirá al Ministerio de Finanzas Públicas )MINFIN) el registro de la información requerida )finalidad, función, división, meta global, meta anual, programación de inversiones físicas y financieras, entre otras), por lo que será responsabilidad de las Entidades Públicas de Inversión )EPI) completar la información correspondiente. )1.4)
Los proyectos que se presenten a la SEGEPLAN, deben originarse de un ejercicio de planificación congruente con las directrices de los Lineamientos de políticas y Metas estratégicas de desarrollo )MED). )1.7)
Los proyectos de inversión pública deberán formularse conservando la integridad en sus componentes, costos y período de ejecución, incluyendo la programación multianual de inversiones en el documento de proyecto que se presente oficialmente a la SEGEPLAN, así como, efectuar su registro en el SINIP. )1.10)
Los proyectos que sean registrados como nuevos en el SINIP, a partir de este ejercicio fiscal, deberán registrar los componentes de cada proyecto, incluyendo el desglose de rubros en cada uno. )2.3)
Las Entidades Públicas de Inversión )EPI), a la vez que inscriben sus proyectos en el SINIP, deben registrar y adjuntar los documentos de respaldo, que las normas establecen para cada caso. )2.5)
ES RESPONSABILIDAD DE LA ENTIDAD PUBLICA DE INVERSION REALIZAR LOS REGISTROS DE LOS AVANCES FÍSICOS Y FINANCIEROS EN LOS SISTEMAS ESTABLECIDOS, DE ACUERDO A LA LEGISLACIÓN Y NORMATIVA QUE RIGE EL PROCESO DE INVERSIÓN PÚBLICA Y EN LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LAS MISMAS.